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Conoce tu derecho al retracto en compras no tradicionales o a distancia

Actualizado: 1 may

El mundo de las compras online ha revolucionado la forma en que adquirimos productos y servicios. Sin embargo, esta comodidad también puede generar dudas e incertidumbres.

¿Qué pasa si compras algo online y luego te arrepientes? ¿Acaso estás obligado a quedarte con el producto?


¡La respuesta es un rotundo no! En Colombia, gracias a la Ley 1480 de 2011, o Estatuto del Consumidor, tienes el derecho al retracto (art. 47). Este derecho te permite desistir de una compra realizada a través de métodos no tradicionales dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega del producto o a la celebración del contrato.


¿Qué son las compras por métodos no tradicionales?


El numeral 15 del artículo 5 de la Ley 1480 de 2011 establece que son métodos no tradicionales los que el consumidor no ha buscado. Dentro de los métodos no tradicionales tenemos los siguientes:


  1. Las ventas realizadas en el domicilio del consumidor.


  1. Las ventas donde el consumidor es abordado intempestivamente fuera del establecimiento de comercio. Como cuando vas caminando por un centro comercial y a la mitad del camino de interrumpen para venderte algún producto o servicio.


  1. Las ventas donde el consumidor es llevado a lugares dispuestos para aminorar su capacidad de discernimiento. Como cuando te llevan a un sitio donde todo está organizado para venderte por ejemplo un plan vacacional.


¿Qué son las compras a distancia?


El numeral 16 del artículo 5 de la Ley 1480 de 2011 establece que las compras a distancia son las que el consumidor realiza sin tener contacto directo con el producto.


Como ejemplo tenemos las compras que realizaste:


  1. Por internet.


  1. Por catálogo.


  1. Por teléfono.


  1. Por correo electrónico.


Teniendo en cuenta lo anterior, puedes ejercer tu derecho al retracto cuando compraste el producto o adquiriste un servicio por métodos no tradicionales o ha distancia. Y por eso no estás obligado a quedarte con el producto o servicio que adquiriste.


También te puedes retractar de compras que realizas mediante sistemas de financiación, pero esto lo hablaremos en un blog diferente.


¿Cuál es el plazo para ejercer el derecho al retracto?


El plazo para ejercer el derecho al retracto es de cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega del producto o a la celebración del contrato. Es importante tener en cuenta que este plazo es perentorio, lo que significa que no se puede prorrogar ni interrumpir.


¿Qué sucede después de comunicar el retracto?


Una vez que hayas comunicado el retracto al vendedor o proveedor, este tiene un plazo máximo de 30 días para reembolsarte el dinero que pagaste. El reembolso debe hacerse en el mismo medio de pago que utilizaste para realizar la compra. 


¿Qué debo tener en cuenta al ejercer el derecho al retracto?


Es importante tener en cuenta que, al ejercer el derecho al retracto, debes devolver el producto al vendedor o proveedor en perfectas condiciones. Los gastos de envío de la devolución corren por tu cuenta.


¿Qué pasa si me niegan el derecho a retractarme?


En muchas ocasiones las tiendas niegan a la persona el derecho de retracto. Sin embargo, si eso te llega a pasar debes presentar la demanda ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para que ellos obliguen a la tienda a devolverte el dinero. En estos procesos la SIC también impone una sanción a la tienda por vulnerar los derechos del consumidor, buscando que no se repita tal situación, sin embargo, los consumidores por lo general prefieren no hacer nada a reclamar sus derechos por el tiempo y desgaste que eso significa pero en JUSTACOL te ayudamos con todo para que reclames tus derechos.

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